Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: EL DECAIMIENTO Y EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL de las partes en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES, sigue "EDILTAURO S.A.," Sociedad Mercantil, de este domicilio, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil, Primero de esta Circunscripción Judicial en fecha 03 de diciembre de 1981, anotado bajo el Nº 95, Tomo 93-A-Pro., contra MARÍA ELENA MAGALY BRANDT DE AGUILAR, mayor de edad, de este domicilio y títular de la cédula de identidad Nº. 1.749.589.
SEGUNDO: Por la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas conforme lo dispuesto en el artículo 283 del Cód.....