Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE HOMOLOGA la solicitud de las partes de dar por terminado el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES, fuera incoado por la Sociedad Mercantil BOLÍVAR BANCO, C.A. (ahora Banco Bicentenario, Banco Universal, C.A.), contra la Sociedad Mercantil OFICINA TÉCNICA WALSI, C.A. y el ciudadano WILLIAM ALFONSO LINÁREZ BAHEZA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 3.405.054, en los mismos términos y condiciones expuestas por las partes, por la satisfacción de la pretensión procesal de la actora.
SEGUNDO: EL DECAIMIENTO Y EXTINCIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN EJERCIDO, POR PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCES.....