III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue la Sociedad Mercantil DIQUES Y ASTILLEROS NACIONALES, C. A., (DIANCA) contra el BANCO MERCANTIL, C. A., S. A. C. A., todo de conformidad con lo establecido en artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, por haber transcurrido más de un (1) año de inactividad entre las partes. SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas, conforme lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
Déjese copia certificada de esta decisión en el copiador correspondiente, según pre.....