III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Prescripción Adquisitiva intentada por el ciudadano CARMELO WUYKE BLANCO en contra de los ciudadanos ANTONIO PARRA, ALBERTO PARRA ARISMENDI y BLANCA ARISMENDI DE PARRA.
SEGUNDO: Se dan por reconocidos los derechos de propiedad del ciudadano CARMELO WUYKE BLANCO, sobre la parcela de terreno que ocupa, suficientemente identificada en autos, salvo mejor derecho de terceros.
TERCERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento, se condena en costas y costos a la parte demandada.
PUBLIQUESE, REGISTRESE y NOTIFIQUESE
Déjese copia certificada de esta decisi.....