Fue practicada la medida de entrega material sobre el inmueble de autos, y se dejo en posesión del apoderado judicial de la parte actora, quien lo recibio libre de personas y bienes. El Abogado actor, se reservo el derecho de embargar bienes propiedad del demandado, y solicito la remisión de la comisión al Tribunal de la causa, lo cual fue acordado.