PRIMERO: CON LUGAR la pretensión que por Cobro de Bolívares intentada por ALUMINIOS PROCESADOS DEL CARONI C.A., (ALUMPROCA) en contra de las empresas codemandadas SURAMERICANA DE ALEACIONES LAMINADAS C.A (SURAL) Y COMERCIAL Y TECNICA DEL ALUMINIO C.A (C.T.A). SEGUNDO: Se condena a la empresa COMERCIAL Y TECNICA DEL ALUMINIO C.T.A C.A., al pago de la cantidad de BOLIVARES TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS CON TRECE CENTIMOS (Bs. 35.926,13), conforme a los montos establecidos en las siguientes facturas: Factura Nº 0155 de fecha 04-09-98 por un monto de US $ 10.498.97, siendo equivalente a Bolívares para la fecha de la demanda de Bs. 10.569.838,04 hoy Bs. 10.569,83; Factura Nº 0157 de fecha 10-09-98, por un monto de US $ 11.491,18, siendo su equivalente en Bolívares de BS. 11.568.745,46 hoy Bs. 11.568,74; Factura Nº 0160 de fecha 17-09-98, por un monto de US $ 13.695,11, siendo su Equivalente en Bolívares para la fecha de la interposición de la demanda de Bs. 13.787.551,99 hoy Bs.....