Entonces, dadas las circunstancias fácticas preindicadas, acogiendo este Juzgador los criterios doctrinales y jurisprudenciales ut supra citados, resulta claro para quien aquí decide que en el presente caso es inadmisible la solicitud de tercería propuesta por la parte recurrente cuya pretensión es la declaratoria de sobreseimiento del procedimiento; por lo que, lo ajustado a derecho es declarar sin lugar la apelación ejercida, y en consecuencia confirmar la decisión recurrida, y así se hará de manera expresa, positiva y precisa en la sección dispositiva de este fallo judicial. ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE.
III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho que han quedado expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIM.....