En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación incoada por el apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión dictada en fecha diecinueve (19) de febrero de dos mil veintiuno (2021), por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual se confirma con distinta motivación. Así se decide.
SEGUNDO: SE DESESTIMA LA PRESCRIPCIÓN declarada por el A quo (no opuesta por el demandado), y se declara IMPROCEDENTE la demanda de NULIDAD DE CONTRATO interpuesta por la ciudadana CELINA SERRANO ORTEGA, en contra del ciudadano PABLO JAIRO OLIVARES CASTRO, ambas partes plenamente identificadas al inicio.....