Hechas las precedentes consideraciones, es ineludible para este Juzgador declarar con lugar el recurso ordinario de apelación ejercido por la parte actora abogado Jesús Francisco Domínguez Sierraalta, contra la sentencia dictada por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 19.1.2016 y ha lugar la demanda de cumplimiento de contrato de honorarios profesionales impetrada por el prenombrado profesional del derecho contra el ciudadano Carlos Enrique Torres Arévalo y la indexación judicial que ha de realizarse sobre el monto adeudado -compréndase- trescientos mil bolívares (Bs. 300.000,00) desde el día 16.11.2011, exclusive, data en la cual se admitió la demanda hasta que el presente fallo quedé definitivamente firme, lo cual se realizará mediante experticia complementaria del fallo ex artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, mediante un único experto nombrado por .....