Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se DECLARA INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO, de conformidad con el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del ciudadano MOISES DAVID CAMPOS MATA, en contra de la sentencia dictada por este Tribunal el 26 de mayo del 2017, en la acción de amparo constitucional incoada, en contra de las de las medidas cautelares dictadas en fechas 25 de junio de 2015 y en fecha 06 de julio de 2015 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio de DIVORCIO que en contra del .....