Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley y en sede constitucional de primer grado dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: ADMITE la acción de amparo constitucional propuesta por Sociedad Mercantil BRAKE PRO INCORPORATED C.A. en contra del Juzgado Undecimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas;
SEGUNDO: Se acuerda la suspensión de los efectos de la decisión dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 24 de noviembre de 2008, a través de la cual declaró sin lugar la demanda que por cobro de bolívares incoara la parte aquí accionante, Sociedad Mercantil BRAKE.....