Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se CONFIRMA, con base en las motivaciones precedentes, la decisión dictada el 15 de enero de 2018 por el Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró con lugar la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO POR VENCIMIENTO DEL TÉRMINO Y DE LA PRÓRROGA LEGAL, incoara la ciudadana VIRGINIA COROMOTO GUZMÁN BASTARDO en contra de los ciudadanos JAIRO DAMIÁN DÍAZ BARRETO y GENTELINA MARÍA ANTONIETA PECI, alusiva al Local comercial identificado como local Nº LCC1-28, ubicado en el nivel 876,50, con área aproximada de SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (69,00 MTS2), el cual for.....