Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 10 de agosto de 2016, por el abogado JAIME EFRAÍN CABRERA HERNÁNDEZ, en su carácter de apoderado de la parte actora, contra la decisión dictada el 28 de junio de 2016, por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se CONFIRMA, con base en las motivaciones precedentes el referido fallo, mediante el cual declaró sin lugar la demanda de CUMPLIMIENTO DE OFERTA PREFERENTE ARRENDATICIA incoada por el ciudadano JOSÉ OVIDIO ABREU en contra de SOLUCIONES INMOBILIARIAS SOLINCA, C.A. y la ciudadana VALERIA BLANCHI DI ROASCIO de IMPERIALI, .....