PRIMERO: Declara su competencia para conocer y decidir la apelación interpuesta el 30 de abril de 2012 por la representación judicial de la sociedad mercantil VENEZOLANA DE AVALUOS S.A. (parte demandada), en contra de la resolución judicial proferida el 25 de abril de 2012 dictada por el Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró parcialmente con lugar la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoara el ciudadano FEDERICO BAQUERO en contra de la sociedad mercantil VENEZOLANA DE AVALUOS S.A;
SEGUNDO: Asumida la competencia por este Órgano Jurisdiccional en la causa de marras, se ordena a trámite la apelación en referencia y se fija el décimo (10º) día de despacho siguiente a la data de la presente decisión para dictar sentencia de mérito, de conformidad con el artículo 893 del Código de Procedimiento Civil.