Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Banacario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la inhibición planteada por la Jueza Titular del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en en la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, peticionada por los ciudadanos LUIS ANTONIO OJEDA GUZMAN y LEONOR ELIZABETH OJEDA, quien deberá continuar conociendo del asunto atribuido a su Despacho.
Publíquese, regístrese la presente decisión y en su oportunidad legal remítase al Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.