Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se ANULA la sentencia dictada el 08 marzo de 2010 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró la prescripción de la acción, en el juicio que por ejecución de hipoteca mobiliaria sigue el BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA C.A. en contra de la entidad mercantil INVERSIONES TUCANO 2000 C.A., ambas partes identificadas ab initio;
SEGUNDO: Se REPONE la causa al estado de que el a quo dicte la providencia que suspenda el curso de la misma, a los fines previstos en el artículo 96 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcia.....