Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se REVOCA, la decisión dictada el 28 de enero de 2013 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que había negado el decreto de la medida preventiva de secuestro solicitada por la parte actora sobre el bien identificado ab-initio, en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO DE COMPRAVENTA sigue GRUPO PAPELERO LCM C.A. en contra de LOS NARDOS EDITORES C.A (antes identificadas);
SEGUNDO: En cumplimiento del presente fallo, se insta al Juzgado a-quo que, en un lapso perentorio, proceda a decretar la medida de secuestro peticionada por la parte actora sobre e.....