Por las razones antes expuestos este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: INADMISIBLE el anuncio del Recurso de Casación interpuesto en fecha 02 de noviembre de 2018, por el abogado Sergio Troyano Lanuza, parte actora, en contra del fallo proferido por este Órgano Jurisdiccional en fecha 24 de octubre del 2018, en el juicio de Nulidad de Asamblea seguido en contra de la Junta de Condominio Centro Uslar, todas partes plenamente identificadas ab initio;
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas.