Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se CONFIRMA, en todas sus partes con base en las motivaciones precedentes, la decisión dictada el 08 de diciembre de 2015 por el Juzgado Décimo Séptimo de de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró con lugar la demanda que por DESALOJO, incoara la ciudadana YASMÍN MACRI de LEDEZMA en contra de la ciudadana MARÍA AUXILIADORA de SANCHEZ, alusiva a Una parte del inmueble identificado como Quinta Nazaret específicamente la planta baja, la planta sótano, el primer nivel y el jardín en el que funciona el centro de educación inicial "SANTÍSIMA MARÍA AUXILIADORA", ubicado en la Calle Nic.....