Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se Revoca, con base en la motivación anterior, la decisión de fecha 14 de agosto de 2017 dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia Civil, Mercantil, de Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que había declarado con lugar la demanda de Cumplimiento de Compromiso Verbal de Compraventa, incoada por el ciudadano JOSÉ GREGORIO PEREIRA ARELLANO en contra del ciudadano EDGAR ALBERTO DE JESÚS RUÍZ TORRES, y sin lugar la reconvención planteada por este último, alusivas a los inmuebles identificados ab initio;
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, Declara: (i) en lo atinente a la pretensión de Cumplimiento de Compromiso .....