PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, de conformidad con la motiva del presente fallo, la acción de amparo constitucional incoada por la sociedad mercantil SOLOSON IMPORT C.A., en contra del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que guarda relación con el juicio que por Cobro de Bolívares incoara la sociedad mercantil LUMETAL C.A. en contra de la sociedad mercantil SOLOSON IMPORT C.A.;
SEGUNDO: No se produce condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.