Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Inhibición planteada por la doctora YECZI PASTORA FARÍA DURÁN, Jueza Provisoria del Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la ACCIÓN REIVINDICATORIA incoada por el ciudadano AGUSTO SOARES DA SILVA contra el ciudadano AVELINO JOSÉ CÁMARA SOUSA, expediente Nº AP11-V-2017-001490, nomenclatura de ese Tribunal.
SEGUNDO: Se ordena al Tribunal Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, proceda a tramitar y decidir la inhibición de la Secretaria de ese Despacho, ciudadana ANA JULIA JIMÉ.....