Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Declara su competencia para conocer y decidir la consulta correspondiente a la decisión dictada el 18 de abril de 2013 por el Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que decretó la interdicción provisional de María Esperanza Díaz Lovera (viuda de Pascual), en el proceso de interdicción solicitado por los ciudadanos Armando de Jesús Díaz Lovera e Isbelia Josefina Díaz Lovera, designándose como sus tutores interinos a los ciudadanos Isbelia Patricia Jorges Díaz y Gabriel José Jorges Díaz;
SEGUNDO: Asumida la competencia por este Órgano Jurisdiccional en la causa de marras, se ordena a trámite la consult.....