Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Confirma, con base en la motivación anterior, la decisión dictada el 16 de enero de 2018 por el Juzgado Sexto de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en el juicio de cumplimiento de contrato incoado inicialmente por GIUSEPPE CAPOZZOLI MONACO (hoy interfecto) y posteriormente por sus sucesores CARMELA MARRAZZ0 DE CAPOZZOLI y SOFÍA CAPOZZOLI MARRAZZO en contra de CORPORACIÓN LORMAX C.A., y se fija que los montos que deberán ser pagados por la demandada a la actora son los siguientes:
1.- La cantidad de CIENTO TREINTA MIL SETECIENTOS SESE.....