Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se ANULA el auto del 23 de mayo de 2017 dictado por el Juzgado Vigésimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que había revocado la apelación oída primigeniamente (el 17/03/2017) en un solo efecto contra la sentencia de fecha 09 de marzo de 2017, en la cual se declaró inadmisible el llamado a terceros, en el en el juicio que por Resolución de Contrato de Arrendamiento sigue la empresa GALENOS ESPECIALIDADES MEDICAS C.A. contra la empresa ÓPTICA SALAZAR VILLANOVA C.A;
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por la representación judicial de la parte demandada en contra la r.....