Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley dicta lo siguiente:
PRIMERO: Se declara inadmisible, de conformidad con el artículo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la acción de amparo constitucional propuesta por HECTOR LUIS VELASQUEZ CHAVEZ en contra de las resoluciones judiciales de fechas 30 de octubre y 15 de diciembre de 2009 y la omisión de pronunciamiento de la solicitud formulada por la parte actora el 14 de diciembre de 2009 al Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el proceso de estimación e intimación de honorarios profesionales seguido por el aquí accionante en con.....