Por las razones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente providencia:
PRIMERO: (i) declara que NO HA LUGAR a la atendibilidad de los instrumentos producidos en fotostatos por la representación de la sociedad mercantil de DISEÑOS BEATRIZ C.A (parte actora no recusante); (ii) Se admiten las pruebas documentales promovidas por la parte recusante, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, en la incidencia de recusación propuesta por el abogado Juan Montilla en representación de los ciudadanos CRISTINA BERTORELLI, LAURA SANDRÍN y CAROLINA SANDRÍN (demandados) en el juicio principal, el cual guarda relación con el proceso
de RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO seguido por la sociedad mercantil de DISEÑOS BEATRIZ C.A en contra de los ciudadanos FABIO SANDRI.....