PRIMERO: Declara su competencia para conocer y decidir la apelación interpuesta el 20 de noviembre de 2012 por el ciudadano JOSÉ RAFAEL VARELA TORRES (parte demandada), debidamente asistido por la abogada Lennys Rodríguez, en contra de la resolución judicial proferida el 13 de noviembre de 2012 dictada por el Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró con lugar la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y DAÑOS Y PERJUICIOS incoara el ciudadano GONZALO MARTIN ATAURI en contra del ciudadano JOSÉ RAFAEL VARELA TORRES;
SEGUNDO: Asumida la competencia por este Órgano Jurisdiccional en la causa de marras, se ordena a trámite la apelación en referencia y se fija el décimo (10º) día de despacho siguiente a la data de la presente decisión para dictar sentencia de mérito, de conformidad con el artículo 893 del Código de Procedimiento Civil.