Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se CONFIRMA, con base en la motivación precedente, la sentencia de fecha 25 de marzo de 2015 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLIVARES incoara el BANCO NACIONAL DE CRÉDITO C.A. BANCO UNIVERSAL contra el ciudadano JULIO JOSÉ MÁRQUEZ OVALLES, todos identificados Ab-initio, donde condenó a la demandada al pago de las siguientes cantidades: (i) La suma de Bs. 166.666,67, que corresponden al monto de capital del préstamo a interés Nº 185/087/0001499.(ii) La suma de Bs. 124.923,69, po.....