Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se CONFIRMA, de acuerdo a las motivaciones precedentes, la sentencia de fecha 09 de abril de 2.008 dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró con lugar la acción de Amparo Constitucional interpuesta por las ciudadanas LEYDA FERNANDEZ, IRAMA GARCIA de SUCRE y LIA BARRIOS contra ASOCIACION DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA COMPAÑÍA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV) A.C. (AJUPTEL-CARACAS), identificados ab-initio;
SEGUNDO: Se ORDENA a la agraviante, reincorporar, de manera inmediata, a las ciudadanas LEYDA FERNANDEZ, en su condición de Se.....