Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se CONFIRMA, de acuerdo con la motivación precedente, la resolución dictada el 02 de octubre de 2018 por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual, de conformidad con el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, otorgó a los codemandados JORGE ORTEGA y MERY SÁNCHEZ DE ORTEGA un plazo de siete (7) días de despacho, apercibidos de ejecución forzosa, para que restituyan a la ciudadana Fanny Enriqueta Marcano Canache (parte actora) las siguientes cantidades: (i) Quinientas Mil Libras Esterlinas (GBP. 500.000,00); (ii) Setecientos Noventa Mil Dólares .....