VI
DE LA DECISION
Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Con base en las motivaciones antes expuestas se CONFIRMA el fallo dictado el 11 de julio de 2007 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual negó la solicitud de ejecución forzosa de la transacción peticionada por la empresa SONORA 2000 ESTACIONAMIENTO I C.A.;
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte accionante en contra de la sentencia dictada el 11 de julio de 2007 por el A-quo, en la acción de amparo constitucional incoada por Antonio Aguilar y Celestino Aguilar en contra de Sara Luz Marcano de Aguilar.
Dada la.....