Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se REVOCA, de acuerdo con las motivaciones precedentes, la sentencia de fecha 17 de julio de 2.009 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que había declarado con lugar la presente acción de Amparo Constitucional, y en consecuencia se declara INADMISIBLE la referida petición de tutela constitucional, incoada por el ciudadano Alberto Lesseur Rojas, en contra de la junta directiva de la asociación civil Caracas Country Club, de conformidad con el artículo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, sin que se produzca imposici.....