PRIMERO: Se Decreta medida cautelar de suspensión de los efectos de la ejecución del auto dictado el 19 de marzo de 2009 por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y Sede en la Ciudad de Caracas, que guarda relación con el juicio que por ejecución de hipoteca incoara el Banco Caroní C.A. en contra de la Sociedad Mercantil Empresas El Conde C.A. y el estacionamiento Hotelero C.A., mientras dure la tramitación del proceso de amparo constitucional ante este Órgano Jurisdiccional;
SEGUNDO: Se acuerda oficiar al Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y Sede en la Ciudad de Caracas a los fines de participarle de la presente decisión, dictada en la acción de amparo constitucional incoada por la Sociedad Mercantil Empresas El Conde C.A. en contra del referido juzgado.