Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se CONFIRMA la decisión dictada el 31 de enero de 2011 por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró "perecida" la instancia y extinguido el proceso, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue BOLÍVAR BANCO C.A. en contra de CAFETERÍA KALIBER C.A.;
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte actora;
TERCERO: No se produce condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión, conforme al artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.