Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se CONFIRMA, con base en una motivación distinta, la sentencia de fecha 18 de marzo de 2010 dictada por el Juzgado Décimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual negó la admisión de la demanda que por TERCERIA intentaran las ciudadanas LUISA FLORENTINA VELASQUEZ FARIAS y LILIANA MISEL VELASQUEZ en contra de los ciudadanos GUIDO ANTONIO PEÑA, ANTONIO RAMÓN PEÑA VELÁSQUEZ y CARMEN TERESA PEÑA VELÁSQUEZ, surgida en el juicio que por cumplimiento de contrato de venta siguen los ciudadanos ANTONIO RAMÓN PEÑA VELÁSQUEZ y CARMEN TERESA PEÑA VELÁSQUEZ contra el ciudadano GUIDO ANTONIO PEÑA, alusivo al apartamento Nº 1705, sit.....