Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley y en sede constitucional de segundo grado dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se ANULA, la sentencia proferida el 18 de octubre de 2011 por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que había declarado inadmisible la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano Américo Gómez en contra de la ciudadana Arelis Vivas;
SEGUNDO: Se REPONE la causa al estado de que el Tribunal A-quo, de acuerdo con lo establecido en la motiva del fallo de marras, emita nuevo pronunciamiento en relación con la atendibilidad de la petición de tutela, para lo cual deberá analizar las demás causales de inadmisibilidad, dist.....