Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se confirma, con base en la motivación precedente, la decisión dictada el 03 de octubre del 2017 por el Juzgado Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible la demanda, en el juicio de cumplimiento de contrato, incoada por el ciudadanoJESÚS ALFONSO SCARANO MENDOZA en contra del ciudadano ALBERTO URIARTE REBOLLEDO, ambas partes ya identificadas, relativo al inmueble descrito ab initio;
SEGUNDO: Se declara sin lugar el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte accionante.