En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta en fecha 29 de marzo de 2022, por la abogada ARGENIA ROSEMARY DE CASTRO LEON, en su propio nombre y en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ampliamente identificada en el encabezamiento del presente fallo, en contra de la decisión dictada en fecha 28 de marzo de 2022, por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Sin lugar la demanda de resolución de contrato de compraventa, incoada por las ciudadanas ARGENIA ROSEMARY DE CASTRO LEON, ARGENIA VICTORIA LEON DE DE CASTRO y REBECA DE CASTRO LEON, en contra de la sucesión del finado.....