Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se declara inadmisible la solicitud de amparo constitucional en la que se menciona como presentantes de la misma a los abogados Marlene Da Silva Freitas, Anabel Franco De Hivia, Hugo Saul Oramas Pérez, Eliana Villamizar Pastori, Irma Marichal Ramírez, Antonio José González Mejía, Yolanda Drija de Marchena y Alexandra Yvanova Jorge, quienes manifiestan actuar en representación de un grupo de trabajadores de VIASA;
SEGUNDO: No se produce condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo;