Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara PROCEDENTE el presente Recurso de Hecho interpuesto el 10 de octubre de 2018 por el abogado JOSÉ GRATEROL GALINDEZ, co-apoderado judicial del INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA DE ADMINISTRACIÓN INDUSTRIAL IUTA, AMPLIACIÓN GUARENAS S.C. (parte demandada), en contra del auto de fecha 04 de octubre de 2018 dictado por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó oír la apelación interpuesta por el recurrente de hecho en fecha 26 de septiembre de 2018, en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DEL TÉRMINO seguido por la sociedad merca.....