DISPOSITIVO
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha dieciséis (16) de noviembre de dos mil dieciséis (2016), por el abogado ARMANDO DE PEDRAZA RODRÍGUEZ, en su carácter de endosatario en procuración de la parte demandante, contra el auto dictado en fecha catorce (14) de noviembre de dos mil dieciséis (2016), por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a través del cual se negó el desistimiento de la acción y del procedimiento plantado por la parte demandante, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES intentara el ciudadano RAFAELLE BOCCO MARMO contra los ciudadanos JUAN JOSÉ FANAY .....