DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto, en fecha veintisiete (27) de octubre de dos mil dieciséis (2016) por el abogado LUIS CORSI GUARDIA, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano LAY YEE HUNG, contra el auto dictado en fecha veinticinco (25) de octubre de dos mil dieciséis (2016), por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, queda CONFIRMADO el fallo recurrido.
SEGUNDO: Se condena en costa a la parte apelante de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Remítase el presente expediente en su o.....