DISPOSITIVO
En mérito a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SE CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el Territorio Nacional a la sentencia de divorcio Nº 982, no contenciosa, dictada en fecha quince (15) de enero de dos mil dieciséis (2.016), por el Juzgado de Familia Nº 1. Santiago de Chile, y el Convenio Regulador, de Divorcio Mutuo Acuerdo, NC-7454-2015, que declaró disuelto el matrimonio existente entre los ciudadanos JOSÉ AUGUSTO VALDIVIESO PORRAS y PAOLA ANDREA ETCHEVERS MACHUCA, venezolanos, mayores edad y titulares de la cédula de identidad Nros V-14.203.317 y V-18.069.302., respectivamente.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Juzgado Superior.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellad.....