DISPOSITIVO
Por las razones y consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recuro de apelación interpuesto en fecha siete (7) de agosto de dos mil diecisiete (2017), por el abogado CARLOS DANIEL LINAREZ, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto dictado el día primero (1º) de agosto de dos mil diecisiete (2017), por el Juzgado Vigésimo Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentara la ciudadana LEDY EMPERATRÍZ MATA AGÜERO, contra los ciudadanos HERMES JOSÉ RUÍZ LÓPEZ y MILTZA RUÍZ CIFUENTES. Queda CONFIRMADO en todas y cada una de sus partes el auto impugnado en apelación.
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