DISPOSITIVO
Por las razones y consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fechas siete (07) y trece (13) de noviembre de dos mil dieciocho (2.018), por el abogado FREDDY OVALLES PARRAGA, representante judicial de la parte demandada; contra la sentencia dictada en fecha primero (1º) de noviembre de dos mil dieciocho (2.018), por el Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas. Queda CONFIRMADO el fallo apelado en todas y cada una de sus partes.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO sigue la Sociedad mercantil LIBERATA INVERSIONES, C.A. contra la sociedad mercantil LAMINADOS ARQUITECTÓNICOS LAMINART, C.A.
TERCERO: S.....