Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 12, 242, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil; 26 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 22 de abril de 2022, por la abogada Marlene Josefina Valecillos Delgado, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 130.079, actuando en su carácter de apoderada judicial del accionante en tercería, contra la decisión proferida en fecha 4 de abril de 2022, por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible la presente acción que por TERCERÍA sigue el ciudadano ELADI.....