PRIMERO:LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado que él a quo, el Juzgado Vigésimo Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, celebre un nuevo acto de fijación del lindero provisional de la Parcela de terreno identificada como P 618, ubicada en La Urbanización Turumo, Calle Naiguata, Parroquia Caucaguita, conforme a las formalidades establecidas en el artículo 723 del Código de Procedimiento Civil. En virtud de esta reposición se declara nulo el acto de fecha 16 de diciembre de 2019, fecha en la cual él a quo llevó a cabo el acto de deslinde. Se declaran nulas todas las actuaciones posteriores y consecutivas al mismo, conforme a los lineamientos explanados en el fallo.
SEGUNDO:QUEDA ASÍ REVOCADO el auto de fecha 28 de octubre de 2021, dictado por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esa misma Circunscripción Judicial, conforme a lo dispuesto en el artículo 208 esj.....