Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN celebrada y presentada en fecha 16 de noviembre de 2022, por los ciudadanos RODOLFO IGNACIO OMAÑA SANCHEZ, actuando como Director General de la Sociedad Mercantil BJ TRANSPORTE, C.A., asistido en este acto por la abogado VERONICA M. CARVALLO D., y el abogado ALFREDO ALMANDOZ MONTEROLA, quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada NESTLE VENEZUELA S.A, a los fines de dar por concluido el presente juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE SERVICIO, dándole carácter pasado en autoridad de cosa juzgada.