DISPOSITIVA
En fuerza de lo expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia de divorcio dictada en fecha 16 de agosto de 2016, por la Corte de Circuito para el Condado de Montgomery, Estado de Maryland, Estados Unidos de Norte América, que decretara la disolución del vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos LUZMARIA GUILLEN DE DI MARCO y MATTHEW ANTHONY DI MARCO, la primera, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.219.449, domiciliada en el Estado de California de Estados Unidos de Norte América y, el segundo, de nacionalidad norteamericana, mayor de edad, No de pasaporte norteamericano 669832866, domiciliado en .....